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  • Karina Araiza
  • 28 Octubre 2011
  • Para ejercer dicha profesión tienen que contar con un Certificado de Aptitudes, de acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal de Radio y Televisión.
  • Saltillo.- Ayer 27 de octubre se celebró el Día del Locutor, y quienes festejaron, para ejercer dicha profesión tienen que contar con un Certificado de Aptitudes, de acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal de Radio y Televisión. 

    De 1926 a 1959 el Gobierno Federal era el encargado de expedir dichos certificados por medio de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, periodo en la cual se otorgaron 6 mil 618. 

    En 1960, cuando se expidió la Ley Federal de Radio y Televisión, se pasó la responsabilidad a la Secretaría de Educación Pública a través de la Dirección General de Televisión Educativa, esto de acuerdo a la página oficial. 

    Con ello se facultó para otorgar el Certificado de Aptitud para locutores, cronistas y comentaristas de radio y televisión, que eventual o permanentemente participen en transmisiones. 

    Para ello es necesario presentar una solicitud ante la SEP acompañada por una constancia de haber terminado los estudios de Bachillerato o sus equivalentes, para certificados de la categoría A; o bien constancia de estudios de educación Secundaria o sus equivalentes, para certificados de la categoría B. 

    En el caso de cronistas y comentaristas, es necesario presentar título o cédula profesional en la especialidad respectiva, o bien, certificado de Bachillerato y cartas de dos instituciones reconocidas que acrediten sus conocimientos en la materia. 

    Además de acta de nacimiento, pasaporte o acta de naturalización, en que se acredite su nacionalidad mexicana, constancia de alguna difusora que acredite su práctica como locutor, cuatro fotografías tamaño credencial y cuatro tamaño diploma, y el comprobante de pago de los derechos. 

    En el caso de solicitar un permiso provisional con vigencia de hasta tres meses, es necesario además de los documentos anteriores, presentar una carta de la difusora responsabilizándose de las prácticas. 

    Para animadores menores de edad, un representante legal deberá cumplir con los requisitos señalados para locutor, cronista o comentarista, y presentar acta de nacimiento del menor, comprobante del último grado de estudios del interesado y una carta-autorización de los padres o tutores. 

    Para expedir un Certificado de Aptitud de locutor se tiene que pagar una cuota de 389 pesos, para un permiso provisional y animador infantil 516 y cronista o comentarista 640. 

    Los documentos deben ser enviados por correo certificado o entregarse personalmente con atención a Ricardo Totoro Axtle del Departamento de Certificación para Locutores de Radio y Televisión de la Dirección General de Televisión Educativa, en la calzada Circunvalación sin número, esquina con Tabiqueros, colonia Morelos, Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15270, México, D.F.; o bien al correo electrónico cerloc@sep.gob.mx. 

    REQUISITO 

    De acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal de Radio y Televisión, locutores, cronistas y comentaristas de radio y televisión, deben contar con un Certificado de Aptitudes. 

    El Certificado de Aptitudes debe ser tramitado ante la Secretaría de Educación Pública, a través de la Dirección General de Televisión Educativa.
 
FUENTE: Certificado de aptitudes: Con 'permiso' para comunicar http://bit.ly/rp1Qk1
Imagen cortesia de 365ideasdenegocio.blogspot.com
Via Yimber Gaviria, Colombia

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